REGLAMENTO INTERNO DE ESTACIONAMIENTOS
CONDOMINIO EDIFICIO ICONO
Con el fin de
dar un ordenamiento al uso de los estacionamientos privados como de visitas, se
presenta a la comunidad el presente reglamento con los siguientes puntos a
cumplir con el objetivo de llevar una sana convivencia entre los copropietarios
y el sano respeto hacia el personal encargado de hacer cumplir estas normas.
1. 1.- Los estacionamientos privados
son de uso exclusivo del propietario de estos, en caso de que estos sean
arrendados o cedidos a terceros que residan o no en el Edificio Icono, el
propietario perderá toda facultad para ser uso del estacionamiento ya que cedió
sus derechos al arrendatario. Por lo que se le considera como visita y debe ser
anunciado por el residente que está haciendo uso del departamento y ceñirse al
tiempo máximo de 4 horas de visita
2. 2.- Los copropietarios deben hacer
uso solo de los estacionamientos que posean, no pudiendo por ningún motivo
estacionar otros vehículos que posean en los estacionamientos de visita. El
incumpliento a esta norma llevara a una multa de 1 UF diaria por el tiempo que permanezca
el vehículo estacionado, la que será cargada a la cuenta de los Gastos Comunes.
3. 3.- Los estacionamientos de visita
son de uso exclusivo de los copropietarios para que reciban a su invitado, no
pudiendo ocupar más de uno.
4. 4.- Si el residente no hace uso de
su estacionamiento y autoriza a que otra persona ajena o no al Condominio, debe
comunicar esta situación dando cuenta del nombre de la persona, numero del
estacionamiento y patente del vehículo que lo ocupará
5. 5.- En caso de que un residente
reciba visita deberá anunciarla con anticipación en Consejería; no pudiendo
ingresar a los estacionamientos de visitas si el residente no se encuentra en
su domicilio, como tampoco facilitar el control remoto para su acceso. Se
6. 6.- Las visitas podrán estacionar
un máximo de cuatro (4) horas y el no cumplimiento de esta norma se aplicara la
multa estipulada en el punto dos (2) más arriba detallado, es decir 1 UF diaria
que será cargada a la cuenta de Gastos Comunes.
7. 7.- Respetar la señalización
instalada referente a velocidad máxima, altura máxima y encender luces.
8. 8.- Queda estrictamente prohibido
usar los estacionamientos como bodegas, realizar trabajos mecánicos o para
cualquier otro fin que no sea la de estacionar.
9. 9.- Los copropietarios que además
de su vehículo particular posean motos, estas deberán estacionarlas en el mismo
estacionamiento, no pudiendo usar los estacionamientos de visitas.
1 10.- Se autoriza solo un
estacionamiento de visita al residente para ser ocupado por uno de sus
invitados a las actividades en Quinchos y otras áreas comunes, de igual manera
para los clientes de los negocios internos o externos al Condominio.
Cc: Archivo Comité de Administración
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